CASO DE ÉXITO: DESAHUCIO EN PRECARIO
Hace un año nos llego al despacho un asunto complejo, donde nuestro cliente quería recuperar la posesión de un inmueble heredado de su tío ya fallecido, el cual estaba ocupado por varias personas desde hacía un tiempo.
Cuando un inmueble es ocupado hay que iniciar un procedimiento muy tedioso y en muchos casos duradero, para poder desalojar del inmueble a aquellas personas que lo están ocupando sin título o derecho alguno.
En el caso que nos ocupa el asunto era más complicado, por cuanto que dichas personas estaban residiendo en dicho inmueble desde hacía muchísimos años, supuestamente, con el consentimiento del propietario ya fallecido, tío de mi cliente, y además en la actualidad habían instalado un alojamiento rural en el inmueble, es decir, estaban obteniendo un beneficio económico de una finca que no era suya, sin abonar cantidad alguna.
La dificultad radicaba en que por diversas discrepancias no habían iniciado ningún procedimiento al respecto.
En el despacho teníamos clara la acción que teníamos que iniciar, desahucio en precario. Este procedimiento se inicia cuando se quiere expulsar a una persona que está ocupando un inmueble sin ostentar ningún título, no es propietario, ni arrendatario, ni usufructuario, etc.
La dificultad radicaba en que el propietario del inmueble, tío de mi cliente, había fallecido en el año 2.003, y en todo ese tiempo los herederos, entre los que se encontraba mi cliente, por diversas discrepancias no habían iniciado ningún procedimiento al respecto.
Aún así, a pesar del tiempo transcurrido, informamos a nuestro cliente que la acción era viable, aunque si bien es cierto que la contraparte iba a alegar usucapión: derecho que permite a una persona ser propietario del bien inmueble, si lo ha poseído de forma pacífica durante un tiempo determinado.
Y así fue, la contraparte alego que durante más de 20 años había estado actuando como dueño del inmueble, y que no se había iniciado ningún procedimiento judicial frente a ellos hasta este momento. La estimación o desestimación de la demanda iba a depender de la prueba que pudiese aportar cada parte, y en este caso a pesar de la pasividad de mi cliente y su familia conseguimos localizar prueba vital para que nuestra pretensión fuese estimada:
- Conseguimos, a través de varias solicitudes y visitas a los Juzgados de Instrucción del municipio, localizar una denuncia interpuesta por uno de los hermanos del propietario, dos años después de su fallecimiento en virtud de la cual ya denunciaba que había personas ocupando el inmueble sin título alguno. Aunque dicha denuncia se archivo por considerarse, por el Juzgado de Instrucción, que era una cuestión civil y no penal, dicho documento sirvió para desacreditar la posesión pacífica sobre el inmueble, requisito que es indispensable para adquirir el derecho por usucapión.
- Además con varios pagos efectuados tras el fallecimiento del propietario del impuesto de basuras e IBI, conseguimos demostrar que no había actuado en todo momento como dueño del inmueble, ya que al menos durante varios años mi cliente y su familia, aunque luego dejaron de abonarlo, pagaron varios impuestos municipales relativos a la propiedad.
Conseguimos, haciendo un ardua labor de investigación en registros públicos y organismos, demostrar que dicha persona era un ocupante ilegítimo de dicho inmueble.
La otra parte presentó abonos de averías, de reformas, algún recibo de agua y de luz, pero de la prueba presentado no quedo acreditado el uso y disfrute a título de dueño durante 20 años de forma pacífica.
A pesar de la dejadez de la familia, propietarios del inmueble por herencia de su tío y hermano, y de no haber abonado de forma regular los gastos inherentes a la propiedad, conseguimos, haciendo un ardua labor de investigación en registros públicos y organismos, demostrar que dicha persona era un ocupante ilegítimo de dicho inmueble, siendo desalojado tres meses después de dictarse sentencia en primera instancia, devolviendo la posesión del inmueble a mi cliente, quien lo pudo arreglar y proceder a su venta.